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Resolución 223/00
BUENOS AIRES, 13 DE MARZO 2000 VISTO el Expediente Nº 70-214/2000 del registro provisorio de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Global, ratificada por Ley Nº 24.295, Y EL Decreto Nº 822/98, por el que se crea la OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA (O.A.I.C.), y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 822/98 creó la OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA, en el ámbito de la EX SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION. Que en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios N º 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE detenta las atribuciones que anteriormente se encontraban a cargo de la EX SECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION. Que es conveniente implementar el funcionamiento de la OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA (O.A.I.C) en el ámbito de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL y facultar al titular de dicha SECRETARIA, para que adopte las medidas conducentes para permitir la puesta en marcha de la mencionada OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA (O.A.I.C) Que asimismo corresponde designar al Presidente del COMITÉ EJECUTIVO y establecer la dependencia funcional de la SECRETARIA PERMANENTE de dicha Oficina, en el ámbito de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE. Que la Dirección general de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no hallando impedimentos al acto que se propicia. Que la presente medida se dicta conforme a las competencias otorgadas por la Ley de Ministerios N º 22..520 (T.O. Decreto Nº 438/92) modificada por la Leyes Nros. 24.190 y 25.233 y el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999. Por ello, LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE RESUELVE: ARTICULO 1º: -Facultase al Señor SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL de este MINISTERIO para que se adopte todas las medidas conducentes para la puesta en marcha de la OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA (O.A.I.C) que funciona en el ámbito de dicha SECRETARIA, así como para que determine el número de integrantes que conformará el CONSEJO ASESOR de dicha Oficina y para que convoque a los representantes de las demás áreas de Gobierno participantes del COMITÉ EJECUTIVO. ARTICULO 2º: -Desígnase Presidente del COMITÉ EJECUTIVO de la mencionada OFICINA, al Señor SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL, de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE. ARTICULO 3º: -La SECRETARIA PERMANENTE de la OFICINA ARGENTINA DE IMPLEMENTACION CONJUNTA (O.A.I.C) actuará bajo la dependencia directa del Señor SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL de este MINISTERIO, quien queda facultado para designar al equipo técnico que integrará dicha Secretaría. ARTICULO 4º: -Derógase la Resolución Nº 689 de fecha 27 de agosto de 1998 de la EX SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y toda otra disposición que se oponga a la presente. ARTICULO 5º: -Regístrese, comuníquese y archívese. Prof. GRACIELA FERNANDEZ MEIJIDE |