|
|
Introducción e Introducción A los efectos de simplificar las diferentes presentaciones que deben realizar los establecimientos industriales que se encuentran ubicados dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires, se pone en vigencia la Resolución 797/2000 y la 1408/2000. En dicha Resolución se describe el nuevo formato de presentación de datos que deberán realizar las industrias que se encuentren comprendidas en el marco de las leyes que regulan el tema ambiental de la provincia. El nuevo Formato consta de siete (7) formularios y con ellos se busca obtener un formato unificado de presentación. El mismo se ha ideado teniéndose en cuenta no sólo los requisitos formales y técnicos sino también los diferentes plazos que establecen las leyes y decretos reglamentarios. Uno de los objetivos de este nuevo formato es no repetir información surgidas de las presentaciones y de los distintos requisitos que se exigen, a los efectos de dar cumplimiento a las Leyes 11459 , 11720 y 5965 con sus respectivos decretos reglamentarios. El presente INSTRUCTIVO tiene por objetivo facilitar la comprensión del llenado de los diferentes formularios, Formulario General (A); Formulario Base de Categorización – Anexo 1 (B); Formulario Impacto Ambiental – Planilla Resumen – Anexo II (C); Formulario Efluentes Gaseosos – Anexo III (D); Formulario Residuos Especiales – Generadores Industriales – Anexo IV (E), Formulario Residuos Especiales – Generadores No Industriales – Anexo IV- A (E1) y Formulario Aparatos Sometidos a Presión – Anexo V (F). Todos los formularios mencionados revisten el carácter de Declaración Jurada. Por otra parte se hace notar que el Formulario Residuos Especiales – Generadores No Industriales – Anexo IV – A se encuentra expresado bajo la Resolución N° 1408/2000.
Consideraciones
Generales Si los formularios mencionados en los artículos 1 a 6 de la resolución 797/2000, no constaren en las diferentes presentaciones que se realizan ante la Secretaría de Política Ambiental de acuerdo a la temática de cada uno de ellos; la presentación será considerada incompleta. De acuerdo a lo expresado en el artículo 7 de la resolución, se establece que conjuntamente con la primera presentación que realice la empresa, sea cual fuere la registración, habilitación u autorización que se tramite (Formulario Base de Categorización; Impacto Ambiental, Efluentes Gaseosos, Residuos Especiales; Aparatos Sometidos a Presión) deberá acompañar a la misma el FORMULARIO GENERAL y esto se realizará por única vez. Los formularios deberán ser suscriptos por el titular de la empresa y en su caso por el profesional responsable. |